Dos agravios

Los sistemas tributarios son particularmente sensibles a la buena técnica legislativa y a la particular administración y custodia que haga el operador de la Administración, para que dicha labor se ejerza en celoso sentido de cuidado de los equilibrios propios de un sistema tributario: concretamente el de dar certeza jurídica a los contribuyentes, derivada de la generación de normas de aplicación claras, así como el custodio de la norma legal cumplir esta función con especial atención y cuidado de la existencia de los derechos de los contribuyentes y a tal fin tanto el apego a la buena técnica y en concreto a la didáctica especialísima, que sea garante de manera real y material de los derechos de los contribuyentes.

Los contribuyentes con derecho esperan del sistema legal y, de manera particularmente grave del derecho tributario, que esta labor de buena técnica y equilibrada custodia sea ejercida con claridad, transparencia y en consideración de las condiciones sociales y sociológicas en las que toca la aplicación de la norma.

Corresponde al legislador dotar de una norma de calidad técnica, para lo que se espera de la Administración activa un ejercicio también de custodia durante la gestación de la norma, siendo garante de que el principio de reserva material de ley que obliga la Constitución Política se cumpla, tratando al contribuyente como sujeto pasible de obligaciones en el ámbito del respeto de sus derechos constitucionales, que la vez encuentran en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios de forma enunciativa que, a la vez, garantizan que la condición social —realidad del entorno en que la norma será aplicada— sea la menos lesiva de los intereses fundamentales de seguridad y menor lesividad en las cargas que comporte el cumplimiento de esta norma, conocido como costo de cumplimiento.

A tal efecto, el custodio de la norma debe ser consciente de sus poderes y deberes, con lo que en la fase de gestación debe asegurarse de la integridad técnica, garante del componente técnico que sea necesario para hacer normas didácticas, para que la sociología de la norma se comporte con el mayor apego a la condición de neutralidad interpretativa, siendo esta responsabilidad ejercida en la publicación clara y oportuna de los reglamentos, así como de procurar la mayor operatividad del sistema, escogiendo forma estratégica y la forma de propiciar el cumplimiento, labor que requiere de conocimiento no solo del derecho, sino de la realidad económica propia de los sujetos pasivos, evitando no solo la semántica, sino la esencia de confundir al contribuyente con mero obligado tributario, aspecto este último que, aparte de superado como concepto, pone ya una barrera de interacción entre el contribuyente y la Administración.

Tratar al contribuyente como sujeto obligado, ya sea de manera formal, esencial o funcional, lo remonta a la condición en el siervo de la gleba o en súbdito de un imperio, concepto absolutamente opuesto a los predicados, al menos faciales de la democracia sustancial, que tanto orgullo da a los costarricenses.

El primer agravio que solo mencionaré es el de la canasta básica publicada recientemente. Era innecesario y evitable entrar a confrontar la existente, pues el frío no estaba en las cobijas; hasta se habría visto bien una más generosa inclusión de elementos ahora sujetos al IVA, no antes en el impuesto sobre las ventas, fuera respetuosa de lo que había y, en consideración a la desmejorada condición social, haber incluido uno que otro elemento, aunque fuese con mínimos que fueran el adorno de un sistema cuya implantación —que no imposición— debe tener en cuenta siempre. Haciendo vida lo que mi amigo catalán siempre predica: “se cogen más moscas con miel que con hiel”.

Ya la pasará mal el contribuyente de por sí, como aparte de todo provocar un enfrentamiento en la zona de consumidores por cosas que bien como poco, si la avaricia no daba para más, debió dejarse como estaba. Esa canasta básica era una zona de contención social y sociológica que pudo haberse manejado como una batalla evitable e incluso como un facilitador de la absorción de la nueva normativa en la sociedad civil. Desafortunadamente, si no escogemos las batallas de forma estratégica, se ganarán algunas batallas, pero estarán destinados a perder la guerra, que esta se debía remitir a la guerra contra los verdaderos flagelos del sistema: la corrupción y la evasión, pecados que recargan indudablemente los hombros de los que cumplen honradamente o, peor aún, de los que simplemente no tienen otra opción que la sumisión fiscal, concentrado este grupo en la mayoría de la población y la parte más débil de la cadena social.

El segundo de los agravios está aún en fase de ser evitado, el proyecto de reglamento de IVA publicado para consulta. Lo hemos analizado y se deben dar las normas de aplicación y el rigor técnico debe ser manifiesto de manera fácil al contribuyente, siendo de nuevo amigable, instrumental a provocar el cumplimiento. De nuestro análisis, las normas de algunos de los artículos de esta propuesta son ilegales, pues desbordan los límites establecidos por el legislador, en otros casos, en lugar de aclararlos y facilitarlos, los complica tanto que, de no repararse, hace ya materialmente limitada la cantidad y características de los contribuyentes que podrán cumplir.

Ya, de por sí, solamente mediante el proceso sistemático mediante tecnologías de la información será posible el cumplimiento de una norma que, además por sus características, es de orden universal; es decir, estamos obligados todos los proveedores de bienes y servicios. Esto incluye colectivos a los que la norma obliga y simplemente estarán por sistema quedando condenados a ser omisos, pensemos en los servicios artesanales y personales, como carpinteros, maquillistas, sonidistas, artistas, albañiles, ebanistas, lavadores de vehículos en forma individual o empresarial, el de barbería, entregas a domicilio de bienes de diversa naturaleza, transporte privado de personas, transporte de bienes y los profesionales, como abogados, médicos, topógrafos, ingenieros, profesores universitarios de tiempos parciales, servicios de preparación de estudiantes para exámenes especiales, tutores, así como una larga lista de etcéteras, que estaremos todos obligados a partir del 1 de julio a la aplicación de esta obligación y su cumplimiento mensual.

Un impuesto de valor agregado es complejo y simple a su vez, la casuística, la sistematización, la contabilidad y otros aspectos de orden instrumental, en lugar de venir a encontrar luz en la propuesta de reglamento, enfrentan nebulosas peligrosas. No dudamos de que este periodo de consulta se remediara una gran mayoría de las sugerencias que se plantean como necesarias correcciones. Ya la Administración lo ha demostrado en la acogida que dio a nuestras sugerencias de fondo que en el borrador de proyecto presentamos, una especial apertura. Por eso es que instamos a todos los gremios a manifestar sus posiciones antes del próximo 2 de abril, plazo último para cerrar el proceso de consulta. Ahora bien, debemos entender que el interés particular debe ceder al bienestar del sistema y su operatividad. Creemos que la actitud abierta de la Administración a admitir sugerencias debe ser bien aprovechada; sin embargo, eso compromete a todos los sectores a su manifestación de interés y análisis de la norma en consulta.

No puedo dejar de expresar la preocupación de fondo que, aunque se logre superar los escollos legales, técnicos y de aplicación operativa que tiene el proyecto de reglamento, las esquirlas del contribuyente detonen en las explosivas acciones de fiscalización que se pueden avizorar ante una norma que en origen tiene problemas en su estructura, insalvables por vía reglamentaria por razón del rango y jerarquía de las normas en el sistema jurídico.

Contribuyente, el tiempo es cada vez menos. Si no sabemos o entendemos lo que se nos avalancha encima, podemos estar quedando en la peor de las consecuencias de una reforma fiscal que grava la actividad económica, que es quedar en incapacidad de mantener la misma. Manifiéstese, estudie, entienda, actúe. Mañana es demasiado tarde.

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