Daily Archives: octubre 3, 2018

Tramos de Renta actualizados para el Período Fiscal 2019

 

Por medio de los Decretos Ejecutivos No. 41319-H 10 de septiembre de 2018, y el No. 41320-H  de 14 de septiembre de 2018, ambos publicados en el Alcance Digital No. 176 a la Gaceta del 01 de octubre de 2018, se actualizaron en un 2,24% los tramos de renta, siendo que respectivamente se actualizaron los tramos del Impuesto al Salario y sus respectivos créditos; así como los tramos para contribuyentes del Impuesto sobre la Renta, tanto para personas físicas, así como para personas jurídicas.
A continuación, un comparativo entre los tramos anteriores y los actualizados para este período fiscal 2019:

 

A.- Impuesto único de rentas percibidas por trabajo personal o remunerado por servicios personales:

 

B.- Créditos fiscales establecidos en el artículo 34 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, a ser descontados mensualmente de la renta por los contribuyentes del impuesto único de rentas percibidas por trabajo personal o remunerado por servicios personales:

 

C.- Impuesto sobre las utilidades a ser cancelado por pequeñas empresas, entendidas éstas como aquellas personas jurídicas cuyo ingreso bruto en el período fiscal no exceda de ¢109.228.000,00:

 

D.- Impuesto sobre las utilidades a ser cancelado por personas físicas con actividades lucrativas:

 

E.- Créditos fiscales establecidos en el artículo 15 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, a ser descontados de la renta por los contribuyentes del impuesto sobre las utilidades de las personas físicas con actividades lucrativas:

 

Conversemos sobre este y otros temas.

 

Vencimiento de presentación del AMPO

El AMPO es una obligación tributaria que aplica a los grandes contribuyentes nacionales. Su nombre es Análisis Multifuncional Programado y Objetivo (AMPO), tiene como objetivo dotar a la Dirección de Grandes Contribuyentes de Información relevante para el control tributario, aplicando “Inteligencia Tributaria”.
En el mes de octubre vence el plazo para presentación la actualización del AMPO para los grandes contribuyentes con cierre al 30 de setiembre.
Además,  dadas las recientes notificaciones de nuevos grandes contribuyentes, es importante recordar que quien sea notificado como gran contribuyente, debe de presentar esta obligación dos meses después de su notificación.
En Grupo Camacho Internacional estamos a su disposición para colaborar en el cumplimiento de esta importante obligación, tanto acompañando en el proceso, como determinando el riesgo incremental que implica a efectos estratégicos del grupo empresarial.
Artículo 7º—Plazo para el cumplimento de la obligación. El obligado tributario al que se hace referencia en el artículo 1°, contará con los siguientes plazos para cumplir con lo estipulado en la presente resolución:
  1. a) Los obligados tributarios que actualmente se encuentren clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales deberán actualizar la información del AMPO dentro del mes natural posterior al cierre del periodo fiscal que ostenten.
  2. b Los obligados tributarios que posterior a la publicación de la presente resolución adquieran la condición de grandes contribuyentes nacionales, deberán suministrar la información por primera vez dentro de los dos meses naturales posteriores a la fecha en la que adquirió dicha condición.

 

Conversemos sobre este y otros temas

 

Un mal acuerdo, mejor que…

Después de una fase de la continua huelga que ha tenido y mantiene paralizadas condiciones operativas del país, antes una condición de alargue que inicia con la posición del gobierno de, no se dialoga sin que se deponga la huelga, y la que prevaleció, que fue de los sindicatos en el sentido de, o hay diálogo o no hay levantamiento de la huelga, a pesar de lo que se pactó, el diálogo y sus condiciones, se acabó el plazo y no llegaron a acuerdo alguno.
El conocido refrán de nuestro pueblo que dice, es mejor el llegar a un mal arreglo que tener un buen pleito, encontró su excepción en esta puntiaguda situación, la cual denota la mala fe y falta de voluntad de los grupos sindicales, que han destruido riqueza, han acelerado la desmejora económica y social de Costa Rica, dejando evidenciado que su propósito no es construir sino destruir.
No ablandar los caminos de avance sino de quebrantar frontalmente el orden constitucional del ejercicio del derecho de tránsito y trabajo, de los que generamos los recursos de los que se derivan la fuente de pago de los huelguistas y de cientos de miles de trabajadores que igual que los molestos personajes simplemente tienen derecho a disentir, pero lo hacen sin apartarse de la forma de ser costarricense.
Al fin que la huelga se levante según la disposición del gobierno y sindicatos de acceder a la mediación en el diálogo para que sea la Iglesia católica la mediadora, por lo que después de una ida y otra vuelta, hubo una lista de acuerdos que dependerían exclusivamente en su ejecución de la voluntad del Poder Legislativo. A su vez, el avance en el Congreso se hizo aletargado, a pesar de la condición especial de trámite expedito según el articulo 208 bis del Reglamento Legislativo. Este aletargamiento surge de la posibilidad de que los sindicatos y el gobierno llegaran a compromisos, con el fin de incorporar los mismos en el proyecto, tiempo perdido miserablemente y de forma inocente, dejando un hálito de esperanza a la buena fe, la gran ausente de este proceso.
Ahora bien, por la etapa procesal en la que se encuentra el proyecto, es materialmente imposible desde la óptica legal usar más mecanismos de incorporación, ya que en este primer debate se permiten solamente las mociones de reiteración que hayan previamente sido rechazadas en la fase de comisión, esto introduce una nueva irregularidad al procedimiento del expediente 20.580, de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Volvemos a un punto donde para cumplir hay que incumplir, con lo que es necesario volver a retomar la propuesta que hicimos en el mes de mayo, que en aquel momento era más oportuna que hoy, de retirar este expediente de la corriente legislativa, incorporar en uno nuevo los acuerdos viables del resultado de diálogo de sindicatos y gobierno y dar inicio en un nuevo expediente consensuado a la vez de la mejor manera con las bancadas más importantes del Congreso, de manera que se logre una excepción adicional al proyecto, bajo un procedimiento que se acoja al articulo 208 bis, pero con plazos más cortos, para que inclusive se revisen los plazos de entrada en vigor a tres meses por ejemplo, resolver los asuntos de conexidad de las normas atípicas del Código y la Amnistía para tener un texto y en especial un procedimiento con la nitidez jurídica de procedimiento indispensable. No sea que después de este largo proceso, simplemente con los múltiples vicios de procedimiento, el proyecto llegue a encallar en la Sala Constitucional.
Por otra parte, sabemos que en la Corte se considera que el proyecto puede llegar a tal destino, esto sería nefasto para las condiciones económicas del país, ya que los supuestos de rescate país, solo estaremos ante la imposibilidad de repagar la letras del tesoro. La calificación del país y su verdadera capacidad de hacer frente a la deuda interna y externa, simplemente se harán inmanejables, haciendo de las medidas de gobierno más que una solución de un letal mecanismo de aceleración de las condiciones generales de desmejoramiento del país.
Será que estamos ante el escenario macabro y maquiavélico en el que no hay más que conformarse con aceptar que ante la ausencia de liderazgo de sector privado, el sector gubernamental, deberemos, como país, optar por pedirle una cotización de servicios temporales de liderazgo a los dirigentes sindicales para que se sienten frente a sí mismos y logren un acuerdo que sea ganancioso para el país, será que, en su condición de mercenarios, esta vez ¿no se les llegó al precio correcto? Cómo leer en esta condición de oscuridad en la que nos han sumido las autoridades incapaces de ejercer su posición y los líderes sindicales que parecen querer y pedir mucho, pero a la hora de poner el puño y letra a comprometer se les cae la mano.
Qué pena Costa Rica, yo solo puedo decirte, querido país, que estamos todos igualmente desconcertados de unos y de otros, que no fue con actitudes así con lo que hicimos de esta patria la diferencia de la región. 

 

Carlos Camacho Córdoba

 

Socio Director 

 

ccamacho@grupocamacho.com

 

Fuente: https://www.larepublica.net/noticia/un-mal-acuerdo-mejor-que

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