¿De qué trata el IVA?
Uno de los principales cambios que introduce la reforma fiscal es el Impuesto de Valor Agregado (IVA). Este impuesto tiene un impacto tanto para los actuales contribuyentes del Impuesto General Sobre Ventas, como para todos los demás agentes económicos.
El IVA por concepto, y en nuestra reforma no es diferente, busca gravar solamente el valor agregado que en cada paso de la cadena de producción se va generando, por ello se llama “Impuesto al Valor Agregado”.
Ahora ¿cómo se logra esto?
Se logra mediante un ejercicio de débitos fiscales o una deuda con el fisco (por lo recaudado en la venta) y créditos fiscales o saldo a favor del contribuyente (por lo pagado en el momento de la compra).
Estos dos supuestos nacen cada vez que se da una venta y se activa el IVA. Lo pagado por el bien ya incluye un IVA, que cancela el contribuyente, y a la hora de venderlo le incluye un IVA en el precio de venta.
Sin embargo, lo que se recolecta a la hora de la venta tiene que ser dado al fisco, pero como a la hora de la compra ya había pagado un IVA, el monto pagado es acreditable a la retención realizada y así al fisco solamente deposita la diferencia. Un ejemplo sería el siguiente:
Una empresa compra un bien que cuesta ₡1000 y paga ₡130 de IVA (crédito fiscal). A la hora de vender ese bien a un precio de ₡1500, cobrará además ₡195 por el concepto de IVA. Ahora al fisco solamente le devolverá al contribuyente ₡65, que corresponde a la diferencia de los ₡195, producto de la venta, menos los ₡130, producto de la compra del bien. Es lo mismo que decir que de la ganancia de ₡500, el 13% de ese monto, corresponde a la diferencia de ₡65.