Daily Archives: noviembre 12, 2019

Empresas Beneficiarias del Régimen de Zonas Francas

Con la implementación de la ley 7210 Costa Rica comprende el aporte que representan las operaciones de las empresas que soliciten la adición al régimen de Zonas Francas. La generación de empleo, encadenamientos productivos e inversión realizada son beneficios que afectan positivamente la economía nacional.

Treinta años después el país mantiene una amplia cartera de empresas incluidas en este régimen, en la actualidad, más de 450 empresas. 

Nos mostramos internacionalmente como un país con mano de obra calificada, condiciones e incentivos atractivos para que empresas alrededor del mundo decidan trasladar sus operaciones o sucursales a nuestro país, con resultados exitosos.

El análisis integral que realizan las autoridades nacionales en la búsqueda de mejoramiento de trámites, incentivos al mercado internacional y reactivación económica conllevó el desarrollo y aprobación de la Ley 9689 “Reforma a Ley Régimen de Zonas Francas” para asegurar el cumplimiento de los estándares internacionales establecidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, en el marco inclusivo del plan de acción de lucha contra la erosión de la base imponible. Esta normativa, reforma de manera parcial a la Ley 7210. 

Modifica las condiciones y requisitos para la solicitud y otorgamiento del régimen, y cambia algunos de los incentivos fiscales que indica la ley original.

Es importante considerar que, ante la entrada en vigor de esta ley, se deben reglamentar las nuevas disposiciones que esta indica. El Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Hacienda, mantiene como proyecto en consulta pública la “Reforma al Reglamento de Zonas Francas”. Por lo tanto, todas las empresas incluidas al Régimen y aquellas que se encuentran en análisis y solicitud de ingreso, deben considerar el impacto de las reformas actuales y establecer los cambios y modificaciones que tendrán, además de aprovechar los nuevos incentivos que se establecen.

Grupo Camacho Internacional le ofrece el respaldo, experiencia y asesoría que requiere para comprender los cambios que la normativa actual tiene, su aplicación e impacto específico en las operaciones de su empresa y cumplir con todas las disposiciones y comprensión de las condiciones que regula el Régimen de Zonas Francas. 

Le ofrecemos el acompañamiento en los procesos de elaboración de informes anuales de operación. Un reporte al que tiene acceso el ente encargado (Procomer) para la verificación del cumplimiento de las condiciones pactadas en los distintos acuerdos de otorgamiento. Dada su relevancia y posibles implicaciones en casos de incumplimiento, es válida la invitación para que considere la oportunidad de acompañarse por profesionales altamente capacitados que, en conjunto con su equipo de trabajo, podrán cumplir a satisfacción las obligaciones que el régimen establece. 

 

Alonso Varela

Consultor de Impuestos

Reenfoque fiscal

Con la constelación de elementos – nuevos y novedosos – que componen hoy la responsabilidad tributaria de los contribuyentes en Costa Rica, los agentes económicos debemos reenfocar la gestión de nuestros asuntos de orden fiscal a nivel local en un orden multinacional y multilateral de relaciones institucionales.

Es momento de redimensionar, las acciones temporales que debemos estar haciendo contribuyentes y asesores fiscales en el ámbito de nuestra nueva realidad. Debemos empezar por comprender que cada vez que generamos declaraciones de impuestos ante la Administración Tributaria enfrentamos la primera acción de un proceso de fiscalización.

Los contribuyentes debemos conocer que todo acto con posible trascendencia tributaria es susceptible de ser fiscalizado. Que la dinámica fiscalización actual es muy distinta de la que la Administración históricamente tenía.

El flujo de datos que generan los procesos de documentación electrónica de emisión, confirmación y reporteo en conjunto con las declaraciones de IVA mensuales, así como con las respectivas de renta ya sean de rentas de capital o de utilidades, son un conjunto de interrelacionada dimensión que está asentado en el “depositorio” de la Administración Tributaria.

Cuando el contribuyente procede con la presentación de la declaración de impuestos, lo que se da es un primer filtro de fiscalización automático, que no requiere de intervención humana: El verificar que los documentos electrónicos que están en el “servidor” de la Administración sean contestes a lo declarado.

A estos procesos se les conoce como fiscalización automática y aunque de momento no están generando mayor perturbación para los contribuyentes, es un hecho que es la Administración quien cuenta con el tiempo a su favor; pudiendo actuar y sancionar a partir del mes de octubre de este año en cuanto al IVA se refiere, en los siguientes cuatro años. Aspecto que no debe dejar de lado ningún contribuyente ni asesor fiscal serio.

El IVA es un impuesto con una doble potencia recaudadora que debemos recordar a todos: la directa que es el resultado del impuesto mismo, que, al ser en condiciones normales de mercado, trasladado a los clientes es “menos doloroso” y la indirecta a efectos de renta. Su mayor potencia recaudatoria se encuentra en el ámbito de la información de trascendencia tributaria que a efectos de renta, genera este contraste de contabilidad completa de orden mensual, con la práctica tradicional y obsoleta de contabilidad y ocupación anual respecto del impuesto sobre la renta.

Estamos remitiendo mensualmente, imágenes de gestión de nuestras actividades a la Administración Tributaria que tendrá poco o nada que “adivinar”, respecto del impuesto de renta por recaudar de cada uno de nosotros.

Esta realidad la estamos viviendo todos, aún quienes tienen la condición de exentos en IVA, lo que no les exime de sus obligaciones formales, que generan este segundo y potente efecto.

Las diversas fuentes de información que se han venido construyendo en el transcurrir del tiempo – en los últimos ocho años al menos – en conjunto con las facultades cada vez más amplias de la Administración para acceder a información financiera, bancaria y societaria tanto local como internacional de los contribuyentes, son un arsenal que en una fase de mera gestión tributaria y de manera más evidente en una fiscalización intensiva – aquella que implica el desplazamiento de recursos de la Administración en contacto con los contribuyentes – son una realidad que debe ser de cuidado para los contribuyentes. Quienes deben hacerse acompañar por profesionales conocedores de la materia de gestión del riesgo tributario y ya no por “ediles de contactos”, que tienen un amigo, primo o conocido en la Administración que les puede “arreglar” o “ayudar” en el asunto.

Se deben ir despidiendo de sus credenciales de asesores quienes remitían su aportación a las de ser meros edecanes, para el fomento de la corrupción de funcionarios y funcionarias que les “conocían” y “ayudaban”.

La información objetiva de hoy yace en diversas instituciones, más allá de la propia Administración Tributaria, incluyendo al mercado mismo. Un mercado que se ve perjudicado por las disparidades en competitividad que provocan los agentes económicos que incumplen a través de su falta de transparencia ante la Administración Tributaria y la Caja Costarricense del Seguro Social. Quienes distorsionan sus precios en el mercado, aumentando su margen de ganancia de manera distorsionada y provocando asimetrías de comparabilidad en precios de quienes sí somos cumplidores a ultranza de la norma, muy a pesar de su incidencia en nuestros flujos de efectivo y rentabilidad.

La era en la que nos encontramos hoy deja atrás las tradicionales prácticas de improvisación fiscal, para “definir” el monto de las contribuciones que, en renta, se improvisaban en el periodo de fin de año. Se muda a una necesaria planificación de los negocios que para ser rentables y sustentables, se basen en la adecuada incorporación presupuestaria de los costes fiscales de cumplimiento conforme normas nuevas, en concordancia con el ejercicio efectivo de las economías de opción, que surgen exclusivamente de las practicas que se basen en los medios solventes de la planificación fiscal, sustentada en los principios de cumplimiento y apego a los conceptos contestes a la correcta existencia de motivo económico válido.

Es en este marco referencial en el que deben, con mayor madurez e inteligencia de negocios, incorporar prácticas profesionales útiles a la reducción de los costes fiscales en el ámbito de la nueva realidad fiscal, para el largo periodo de 15 meses para muchos, que inició el pasado 1 de octubre y culminará el 31 de diciembre del año próximo.

Esta información abundante es, tanto local como del orden de la transparencia fiscal internacional, resultante del largo proceso de incorporación de Costa Rica a la OCDE, que según los últimos informes estamos a seis pasos de lograr esta meta de difusos y confusos beneficios a los agentes productivos, pero que sin duda, cambian de manera exponencial el aumento de fuentes de información disponibles para la Administración Tributaria.

Una Administración que cuenta hoy cómodamente con mecanismos de alta eficacia de intercambio de información previsiblemente relevante a los efectos de beneficiarios últimos costarricenses, con pasibles consecuencias para muchos que, basados de manera errónea en un malentendido sistema de tributación territorial, se escudan aun en la opacidad de sus activos extranjeros, los que recomendamos valorar a la luz de los nuevos riesgos crecientes.

La tendencia a la generación de información uniformada o estandarizada a nivel global hace tanto más urgente la existencia de nuestro propio plan único de cuentas, que debe abandonar el trasnochado concepto de contabilidad territorial. Un concepto falaz que puede conllevar graves sanciones tanto directas como indirectas de haber detección de patrimonios a nombre de personas físicas o jurídicas, que, al amparo del concepto de contabilidad territorial, hayan operado en un concepto antiguo y anárquico de contribuir a las cargas públicas del Estado conforme los deberes que establecen los principios constitucionales que traspasan de manera transversal el sistema tributario costarricense, de reciente modernización. Un aspecto que no consideran quienes se han convertido en “nuevos profetas” de la fiscalidad, con ausencia plena de conocimientos fundamentales, lo que los lleva de forma ineludible al enfoque parcial de deberes globales.

El único perdedor de estas prácticas profesionales, quizá más seductoras por sonar ser menos exigentes, son indudablemente los contribuyentes. Los clientes de quienes hacen “cantos de sirena”, quienes tarde o temprano se toparán con la cruda realidad de la globalización del sistema fiscal. Sea cauto, no se deje seducir, esté listo para ser sujeto de fiscalización en nuevo ambiente de reglas locales e internacionales.

Publicado el 12 de noviembre del 2019 en el periódico La República.

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