Feliz año 2022, con múltiples declaraciones

 

Con el año nuevo, inicia también el nuevo periodo fiscal del Impuesto sobre las Utilidades, por lo que vale la pena ampliar el saludo y decir: ¡Feliz año nuevo fiscal!

Aun así, con un nuevo año fiscal, debemos recordar que hay algunas obligaciones del período pasado pendientes de completar en este primer trimestre del año. Trimestre que, además, conlleva otras obligaciones tributarias, tanto de pago como de presentación de información a la Administración Tributaria.

Un trimestre lleno de obligaciones que no debe descuidar:

➡️ 15 de enero:
➡️ Declaración del trienio del Impuesto a las casas de lujo:
Se debe presentar la Declaración D-179 del Impuesto solidario, también conocido como Impuesto a las
casas de Lujo. La actualización de valores determinará la base de cálculo del Impuesto para los
siguientes 4 años.

➡️ 17 de enero:
➡️ Declaración del IVA diciembre 2021:
La “liquidación anual del IVA” vence el lunes 17, pues el 15 de mes cae en día no hábil. En ella se estable
el cálculo de proporcionalidad de acuerdo con el artículo 22 de la Ley del IVA.

➡️ 31 de enero:
➡️ Pago del Impuesto a las personas jurídicas:
Este impuesto no requiere presentación de declaración, es calculado por el Ministerio de Hacienda y
deberá cancelarse antes del 31 de enero del 2022. El monto para pagar es de ¢69.330,00 para las
sociedades inactivas y ¢115.550,00 para las sociedades activas.

➡️ 28 de febrero:
➡️ Declaración informativa D-151:
Es la declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos específicos. En esta declaración
deben incluirse las ventas de bienes o servicios en general y la compra de bienes y servicios cuando
estos no cuenten con comprobantes electrónicos.

➡️ Declaración informativa D-152 de retenciones.
➡️ Adicional a la declaración y pago de las retenciones al salario que se retienen y pagan cada mes, se
debe realizar la declaración informativa de retenciones en la fuente. Una declaración en la que se detalla
de manera pormenorizada cada retención realizada mensualmente. El formulario para declarar es el D –
103.
➡️ 15 de marzo:
➡️ Declaración anual del Impuesto a las Utilidades:
Por último, la declaración anual del periodo fiscal 2021 del Impuesto a las Utilidades, en el que cada
contribuyente debe determinar sus ingresos gravables y sus gastos deducibles para realizar la
conciliación fiscal y presentar su declaración de forma correcta. El término para cumplir con esta
obligación es el 15 de marzo próximo. Tenga en cuenta que la Administración Tributaria recién publicó
un nuevo reglamento para el Impuesto sobre la Renta.

En Grupo Camacho Internacional estamos a su disposición para acompañarle en el correcto cumplimiento de estas obligaciones Tributarias, permítanos acompañarle y evite riesgos tributarios, escríbanos: info@grupocamacho.com

Escrito por: Karen Villalobos, Gerente de Impuestos

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