Honduras: DECRETO 129-2017 | Amnistía y Regularización 2017

DECRETO 129-2017 | Amnistía y Regularización 2017

El decreto No.129-2017, publicado el 2 de mayo del 2017, establece una amnistía y posibilidad de regularización tributaria para los periodos no prescritos (2013-2017), con fecha límite al 31 de mayo del 2018. En términos generales:

  1. Durante el periodo comprendido desde la vigencia del Decreto 129-2017 hasta el 31 de mayo de 2018, los obligados tributarios podrán:
  • Presentar las declaraciones, tributarias o aduaneras, que se hayan omitido por los obligados tributarios referente a las obligaciones y pagos hasta el 31 de diciembre de 2017. (comprende los periodos no prescritos 2013 – 2017).
  • Hacer rectificaciones a las declaraciones que los obligados tributarios hubieren presentado por error y estos hayan estado obligados o no a presentarlas.
  • Pagar cuando corresponda los tributos relacionados con las declaraciones mencionadas en los incisos a) y b), sin multas, recargos o intereses.
  • El beneficio de la amnistía se concederá a los obligados tributarios que hayan presentado sus declaraciones, determinativas e informativas y manifestaciones, ya sean anuales, mensuales o indistintamente del periodo, hasta el 31 de diciembre de 2017.
  • Los obligados tributarios que no se encuentren en mora en el cumplimiento de sus obligaciones materiales con el Fisco y que tengan al día la presentación de sus declaraciones determinativas de tributos ante la Administración Tributaria podrán acogerse al beneficio de amnistía consistente en la regularización tributaria y aduanera de finiquito o sello definitivo por los periodos fiscales 2013 – 2017, debiendo realizar un pago único del 1.5% sobre los ingresos brutos obtenidos según la Declaración del Impuesto sobre la Renta. (Se tomará en relación con el monto más alto reportado en cualquiera de estos periodos).
  • Los obligados tributarios podrán determinar regularizar su situación tributaria respecto de sus acciones administrativas o judiciales en su contra y en curso, que sean anteriores al año 2013, pagando un valor igual al 1.5%, calculado sobre la cuantía de la acción administrativa o judicial que se regularizará.
  • Para los contribuyentes que se acogieron a la regularización del Código Tributario (al 2016), a efectos del periodo 2017, pueden regularizar de finiquito o sello definitivo, realizando un pago único del 0.3% de los ingresos del 2017, siempre y cuando hayan presentado y pagado ISR 2017.
  • No podrán acogerse a este beneficio los obligados tributarios que se encuentren en mora al 31 de diciembre de 2017.

NUESTRA FIRMA

Somos una firma de consultoría internacional, expertos en temas tributarios y gestión de negocios. La excelencia de nuestros servicios en consultoría se basa en nuestra experiencia acumulada desde 1988, siempre con una visión hacia la calidad, innovación y consecución de valor agregado para el centro de acción de nuestro trabajo: nuestros clientes. Estamos centrados en la atención de las necesidades, actuales y potenciales, de nuestros clientes; dejando de lado la estructura tradicional de organización basada en servicios.

Nuestros alcances de servicios son diseñados para resolver de la forma más eficiente las necesidades de nuestros clientes, sin que se vean afectados o limitados por nuestra estructuración interna

  • Nuestros clientes desarrollan su relación con una sola firma, Transfer Pricing Advisors, sin importar cuáles sean y dónde están sus necesidades.
  • El alcance se diseña puntualmente para cada caso, procurando la aportación de valor agregado en todo servicio que prestamos.

NUESTROS SERVICIOS

Gobierno Corporativo Tributario | A su lado en la toma de decisiones estratégicas

Diseñamos y planificamos su obligación tributaria | Planifique su obligación tributaria

Consultoría en cumplimiento tributario | Verifique su cumplimiento tributario

Gestión Patrimonial | Proteja su valor

Acompañamiento en procesos de fiscalización | Experiencia e inteligencia tributaria

 

 

Comments are closed.