Sector Turismo y Sector Construcción, ¡Atención a los nuevos cambios en IVA!

Sector Turismo y Sector Construcción, ¡Atención a los nuevos cambios en IVA!

 

 

Como respuesta a los embates que ha causado la crisis sanitaria por COVID-19, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron dos proyectos de Ley para ampliar los plazos de exoneración y aplicación de tarifas reducidas en las industrias de Turismo y Construcción. Uno de ellos ya publicado en el Diario Oficial la Gaceta y el otro pronto a publicarse.

La Ley recién publicada es la número 21.934 de atención al Sector Turismo en la que se adiciona un párrafo final al artículo 26 de la Ley 9635 Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, referente al crédito fiscal en operaciones sujetas a tarifa reducida.

La nueva normativa indica que el contribuyente tendrá derecho a crédito fiscal pleno en la compra de bienes y servicios vinculados con la prestación del servicio de transporte aéreo internacional, cuyo origen o destino sea el territorio nacional.

La modificación impacta de manera importante el negocio de quienes venden boletos aéreos a tarifa reducida del 4%. Ahora pueden acreditarse la totalidad de IVA soportado en la compra de bienes y servicios ligados exclusivamente con esta operación. Es decir, no tienen un costo incremental por el diferencial de las tarifas a las que compran y a las que venden. En principio, esto debería reducir el precio final de los boletos, incentivándose así su demanda.

La Ley también reforma el Transitorio IX de la Ley 9635, referente a la escala de aplicación gradual de la tarifa de IVA para los servicios turísticos prestados por quienes se encuentren debidamente inscritos ante el ICT.

La reforma extiende el plazo de aplicación de la exención del impuesto, originalmente válida por el primer año de vigencia de la Ley 9635, a los dos primeros años de vigencia de la Ley indicada.

Es preciso tener en cuenta que, a partir del 1 de julio del 2020, los servicios turísticos pasaron a estar gravados con una tarifa reducida del 4%. La reforma al Transitorio implica que esta tarifa del 4% se posponga hasta el 1 de julio del 2021. Consecuentemente, las tarifas del 8% y 13% del Transitorio se posponen a su vez para el cuarto y quinto año de vigencia de la Ley del IVA (julio 2022 y 2023 respectivamente).

También aclara que las obligaciones tributarias devengadas desde el 1 de julio de 2020 hasta la entrada en vigor de la nueva Ley, se deben declarar y pagar al fisco en los términos previstos en la Ley 9635; es decir, no hay una corrección retroactiva para la tarifa del 4% actualmente aplicable a estos servicios en caso de efectivamente retornar a la condición de exención.

El segundo Proyecto de Ley, el 21.637, que ya fue aprobado en segundo debate, pero aún no ha sido publicado tiene que ver con el Sector Construcción. En este se reforma el Transitorio V de la Ley 9635, referente a servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil.

En él se elimina por completo el segundo párrafo del Transitorio, el cual versa sobre la escala gradual de la tarifa de IVA que se aplica para estos servicios, actualmente en 4%, pasando por 8% a partir del 1 de julio del 2021 y que llegaría la tarifa general del 13% en el cuarto año de vigencia de la Ley 9635 (1 de julio del 2022).

También se eliminan las primeras líneas del párrafo tercero del Transitorio, en las que se indica que los beneficios fiscales de exención y tarifas reducidas no aplican para los servicios que no cumplan con los requisitos registrales que se estipulan en el párrafo primero del Transitorio.

Se adiciona un Transitorio V bis a Ley 9635, en el cual se describe el tratamiento tributario para todos los servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil, prestados en relación con proyectos registrados y visados por el CFIA. Dicho tratamiento se resume en el siguiente cuadro:

 

 

 

 

 

 

 

El Proyecto de Ley indica además que, a partir del 1 de julio de 2023, todos estos servicios estarían gravados con la tarifa general del 13% y que la aplicación de la exención y las tarifas reducidas se realizará independientemente del tratamiento tributario que haya correspondido a estos servicios durante el primer año de vigencia de la Ley 9635.

El Poder Ejecutivo cuenta con un plazo de 30 días hábiles, según el Proyecto de Ley, para realizar las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley de IVA; particularmente en su Transitorio VII, el cual versa sobre estos servicios con el objetivo de que exista seguridad jurídica y evitar que el Reglamento no contradiga lo dispuesto en la Ley, como sucede actualmente en varios otros casos referentes al IVA.

¡Mucho cuidado! Tanto el sector construcción como el sector turismo podrían considerar que estas modificaciones son beneficiosas, pero ¡en realidad no es así!

Las operaciones exentas no otorgan derecho a crédito fiscal, por lo que quienes pertenecen a estas industrias han estado (y seguirán estando) obligados a incorporar el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios vinculados con su actividad económica a sus costos operativos.

Esta situación posiblemente genera un efecto de reducción en sus márgenes de ganancia, un aumento en el precio final de los servicios o una combinación de las anteriores.

Lo mismo sucede con las tarifas reducidas que, por no contar con derecho pleno a crédito fiscal deben trasladar ese diferencial de tarifas al costo por parte del prestador del servicio.

¡Deben prepararse para para gestionar adecuadamente sus procesos, sus flujos de cajas y sus sistemas informáticos, contables y fiscal! Ya para las empresas turísticas es Ley y para los servicios de construcción es cuestión de días para que lo sea.

En Grupo Camacho Internacional contamos con la experiencia y conocimiento necesario para asesorarlo en estos y más cambios por venir. Lo esperamos.

Escrito por: Alberti Rubi – Consultor de Impuestos 

Con y sin sentido

Con y sin sentido

  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las buenas intenciones en muchas ocasiones son el buen inicio para un sinsentido. Olvidan, por la falacia de la composición, que lo que es bueno para la parte, no necesariamente es bueno para el todo en su conjunto. Algunos han ensamblado el decir que, de buenas intenciones está adornado el camino al infierno; siendo esta la manera popular de describir lo antes dicho.

Hay una diversidad de iniciativas legislativas en discusión en este momento que, en principio de buena fe, pretenden ayudar a palear la dura situación económica que se deriva de la pandemia sanitaria, que azota de manera inmisericorde el mundo, con un movimiento que se cierne hoy sobre América, como continente, sin dejar a Costa Rica exenta de esta cobertura, con una importante pérdida en el terreno ganado, que se avizoraba cuando se contrastan las relajaciones de medidas con las del resto de los países del orbe.

Las iniciativas que revisaremos tienen dos tendencias: Una fiscal y otra de inyección de recursos a la economía. Aspecto que indudablemente tiene efectos diversos en lo que, como país, debemos buscar, así como efectos secundarios que se pueden derivar.

El expediente número 21.444 pretende una mal llamada moratoria, que en realidad en términos propios es una exención temporal del impuesto de valor agregado a las siguientes actividades:

“a) Los arrendamientos de inmuebles destinados a viviendas, así como los garajes y anexos accesorios a las viviendas y el menaje de casa.

b) Los arrendamientos de locales comerciales.

c) El suministro de energía eléctrica residencial.

d) La venta o la entrega de agua residencial.

e) Las ventas, así como las importaciones o internacionales, de los bienes agropecuarios incluidos en la canasta básica, como las transacciones de semovientes vivos, la maquinaria, el equipo, las materias primas, los servicios e insumos necesarios, en toda la cadena de producción, y hasta su puesta a disposición del consumidor final.

f) Las ventas, así como las importaciones o internaciones, de los artículos definidos en la canasta básica, incluyendo la maquinaria, el equipo, los servicios e insumos necesarios para su producción, y hasta su puesta a disposición del consumidor final.”

Si estamos en la lectura sin análisis, hasta aplaudiríamos la iniciativa, ya que la propuesta da un alivio del impuesto a las actividades dichas por un plazo de seis meses.

La siguiente iniciativa procura, bajo el expediente 21963, exenciones – algunas redundantes con el expediente anterior – que se extenderían hasta la reactivación económica en vez de por un plazo definido. El proyecto atiende aspectos redundantes en exenciones de: electricidad, agua en diversos consumos, alquileres de PYME, entre otros.

Este proyecto tiene la condición agravada cuando se compara con el anterior, que modifica la norma misma del IVA en su artículo 8 de exenciones; haciendo a esta norma una norma permanente, aunque su intención y predicado sean temporales. De nuevo, el diablo está en los detalles y se requeriría de una nueva norma legal para eliminar o acabar con esta norma “temporal.” Una diabólica condición de dejar en forma permanente y de incierta corrección en el futuro indeterminado.

Por otra parte en el expediente 21.934 se promueve una iniciativa de orden expresamente sectorial que afectaría, de aprobarse, a los servicios vinculados al turismo. Estos servicios se iniciaron a gravar en la primera escala de sujeción al 4% el pasado 1 de julio. El proyecto pretende que el transitorio que regula la entrada en vigor creciente del impuesto de valor agregado, se lea de la siguiente manera:

“TRANSITORIO IX- Los servicios turísticos prestados por quienes se encuentren debidamente inscritos ante el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) estarán exentos del impuesto sobre el valor agregado durante los dos primeros años de vigencia de la presente ley.

Asimismo, estarán sujetos a una tarifa reducida del cuatro por ciento (4%) durante el tercer año de vigencia de esta ley, y a una tarifa reducida del ocho por ciento (8%) durante el cuarto año de vigencia de esta ley. A partir del quinto año de vigencia de esta ley estarán sujetos a la tarifa general del impuesto sobre el valor agregado.”

Tienen en común los tres proyectos anteriores echar mano a la nueva norma del IVA, cuyo cumpleaños primero recién se cumplió el pasado 1 de julio. Desconocen los proponentes que esto erosiona las ya decrépitas cifras de la recaudación tributaria, de por sí alicaídas por el reciente “Alivio fiscal” que no será sino el dolor de parte de la Hacienda Pública que acumula un déficit oficial cercano al 10%.

Podemos esperar que ese déficit sea mucho peor por la caída de la actividad económica real, la producción de bienes y servicios que no se estimula por tocar el impuesto de valor agregado, al que, siendo el juguete nuevo de unos y otros, de alguna forma, la “ramera del momento”, todos han tratado de meter mano y lo han logrado, sin resistencia de la norma, que ha sido facilona, simplemente para hacer la ficción de la reactivación.

El IVA requiere de transacciones para ser sujetas al impuesto. Esto no se logra prostituyendo aún más la trastocada norma. La política económica no puede depender exclusivamente de la eliminación a pocos de los tributos, como se propone, aunque sea de forma parcial o temporal. Debemos entrar en conciencia, la pandemia económica que enfrentamos debe ser atendida de manera resuelta, tanto como la sanitaria.

La COVID 19 mata, la otra mata la creación de la actividad económica, destruye la dignidad misma del ser humano: su derecho al trabajo en condiciones adecuadas en lo económico y lo social, de lo que ha dependido siempre la paz social.

La crisis económica que debemos enfrentar requiere de esfuerzos muy distintos a seguir poniendo parches de apariencia, aunque su intención sea buena, su efecto es nefasto.

Otro proyecto que se encuentra en la corriente legislativa es el que corre su suerte bajo el expediente 21.967. El único que de forma limitada, pero adecuadamente direccionada supera la visión de que es el Estado el que debe hacer por medios de ayuda que demeritan y desmejoran las condiciones de la empresa, el emprendedor y el empresario.

Este expediente apunta a la dirección correcta: La inyección, repito tímida y limitada, de recursos frescos a la economía para la activación de la misma. Mediante una modalidad de emisión monetaria que debe hacer el Banco Central de Costa Rica, el cual usaría las estructuras de los bancos comerciales – pero fuera de los recursos de libre administración de éstos – para conducir la elegibilidad y cumplimiento de requisitos del crédito de corto plazo, así como su cobranza.

Los créditos que en estas condiciones se establezcan se deben colocar a la mayor celeridad. Serían créditos sin intereses, a un plazo máximo de tres años. Su valor es equivalente a tres meses de planillas, cargas sociales y gastos financieros de otras operaciones que el sujeto de este beneficio tenga a la fecha de la operación.

Para ser elegible, las condiciones son no haber reducido la planilla o de inmediato reestablecerla por niveles equivalentes al 75% de la misma previo a la reducción de ésta; así como ser o inscribirse como contribuyente en el sistema tributario general, no el régimen simplificado y estar al día o tener arreglos de pago con la seguridad social, o bien, regularizar esta situación también.

Las virtudes de este proyecto son diversas. Por una parte promueve la formalización de los informales, la eliminación del disfraz de formalidad conocida como régimen simplificado, el fomento del empleo y las consecuencias virtuosas que este genera. No excluye por tamaño de empresa, solo a través de condiciones objetivas, lo que permite una accesibilidad universal.

Fomenta la preservación o reconstrucción del empleo formal, así como la estimulación de las capacidades de consumo de esos empleos nuevos o reestablecidos. Ataca uno de los efectos más nefastos de la pandemia económica, que es una tasa de desempleo que puede estar acercándose de manera acelerada al 20% de los nacionales, si creemos en los datos de solicitud de bonos proteger que llega al millón de solicitudes. Más del 20% de la población económicamente activa indudablemente.

A la banca comercial se le pone una retribución por sus servicios de gestión y colocación. Un aliciente para acelerar la colocación, que se compone de una comisión estructurada de la siguiente manera:

a) Primer mes: 2% sobre el monto de los préstamos colocados

b) Segundo mes: 1,5% sobre el monto de los préstamos colocados

c) Tercer mes: 1% sobre el monto de los prestamos colocados

Esto pone exigencia de acción a la banca comercial del Estado. Parte de las condiciones de otorgamiento de crédito, según el proyecto, es que los indicadores financieros de la banca no serán afectados. La administración de los fondos será a través de sus unidades fiduciarias y una vez que lleguen los pagos de parte de los potenciales deudores, el dinero se “des-emite”; es decir, se saca de circulación y se devuelve al Banco Central para evitar efectos sistémicos en la economía.

El monto máximo de la emisión para este propósito es equivalente al 5% del PIB de 2019, lo que garantiza a la vez que la interrelación con otras variables no deseadas de posibles efectos cambiarios e inflacionarios, cuente con un tope de garantía, para que unos y otros, lo aprueben de manera expedita.

¿Qué nos gustaría ver sobre este proyecto?

Primero, que se le dé vía rápida. Esto quema las manos todos los días que pasan sin estímulo. Así mismo, que sea más ambicioso, cuando vemos la capacidad de otros países de nuestro nuevo club de ricos – la OCDE – haciendo inyecciones de estímulos de billones de unidades de moneda fuerte, es indudable que, aunque sus modalidades sean de entregas sin repago, no tenemos dichas capacidades, ni es culturalmente apropiado fomentarlas.

A la vez, una de las características que nos parece fundamental ambicionar es la de la condición revolutiva del programa, con topes de 5% por semestre y no por programa total, por un tiempo limitado a la duración de la pandemia económica y financiera que nos agobia. Esto debe definirse en términos objetivos en el año en que crezcamos en términos reales de manera sostenida, al menos por dos ciclos anuales en términos reales, por encima de la tasa de posible inflación.

Por el momento en que se encuentra este proyecto – aún en comisión – es un buen tiempo para que se le incorporen medidas de esta naturaleza.

Hay que actuar rápido, es un proyecto que, de aprobarse en tres meses, es absolutamente extemporáneo. Hay que tomar decisiones a riesgo de equivocarse, tampoco debemos tener miedo a los errores, pues ya los hemos cometido en el pasado y no dejaremos de hacer – aunque nos lo propusiéramos – en el futuro. Debemos apostar por el país y sus creadores de riqueza y empleo, que ambos fomentan el cimiento de la capacidad de seguir adelante en la tarea de reconstrucción de la economía.

A la vez, que se mantengan las condiciones de garantía en meras garantías fiduciarias, sea el aval de la empresa y sus socios, lo que crea escrúpulos que distinguirá entre los que necesitan y los improvisados y oportunistas; enfocando los fondos en quienes estén efectivamente comprometidos en reconstruir país.

Son las iniciativas que tiendan a esta dirección de orden múltiple, empleo, producción, formalidad, las que vemos como sustentables. La política fiscal de alivio solo aplica cuando hay actividad económica, es poco o nada lo que aporta diferir la entrada en vigor del IVA un sector como el turismo, que experimenta por primera vez una temporada cero.

Publicado en La República el martes 14 julio, 2020

 

¿Qué va a pasar con el alivio fiscal?

¿Qué va a pasar con el alivio fiscal?

 
Muchos nos acogimos a la ley de Alivio Fiscal ante el COVID-19 que permitía el diferimiento de los impuestos selectivos de consumo, aranceles e IVA para los meses de abril, mayo y junio.

Quienes optamos por acogernos no hemos tenido que – para acceder a este derecho – cumplir con más trámite que el debido cumplimiento de las obligaciones formales, donde la presentación con dispensa de pago no acarrea ni sanciones ni intereses.

Esta moratoria tiene como fecha de pago, el próximo 31 de diciembre a más tardar. Su reglamento indica que, de querer el contribuyente acogerse a un plazo mayor que éste, debe gestionar una solicitud de arreglo de pago formal, ahora sí con intereses, aunque sin sanciones en el mes de octubre próximo.

El artículo 5 de la ley indica que se faculta al Poder Ejecutivo, mediante decreto, a extender por un mes más el plazo de la moratoria.

Además, el próximo pago a cuenta del impuesto sobre la renta, que vence el próximo 30 de junio, ha quedado eximido de pleno derecho, sin requerimiento de acción alguna de parte del contribuyente.

Ahí acaba el alivio. La cuestión es compleja… el alivio fiscal es a la condición financiera de los contribuyentes, lo que un analgésico es a un paciente que esta pronto a acabarse el efecto del remedio, pero al que aún no le detectan el mal que lo causa, por lo que, indudablemente, cuando el analgésico deje de hacer efecto, lo que vendrá será el dolor.

En este caso sí sabemos que el mal que causa el dolor es la severa recesión económica en la que venimos sumidos desde antes de Covid-19, pero que se agrava hoy por sus efectos.

Ahora bien, el dolor de entrada en el proceso de moratoria es diferente que el de la posible salida de ésta. Los contribuyentes recibimos el alivio en la etapa temprana de las consecuencias financieras de la pandemia sanitaria, pero hoy, estamos en la caída – aún a la libre – de la actividad económica general, estado que se agravó por el alargamiento, respecto de lo esperado de la pandemia de salud.

Ante los elementos recogidos en los párrafos anteriores debemos hacer varios llamados de atención a los diversos partícipes de la economía como un todo, para evitar que haya impagos crecientes y sin fundamento en las normas del ordenamiento jurídico.

En primera instancia, un llamado a los contribuyentes. Para este momento deben tener certeza de los efectos que en su flujo ha tenido al cierre del mes pasado esta moratoria. Debe ser consciente del adeudo tributario que ha acumulado por cada una de las posibles condiciones de aplazamiento legal de las obligaciones tributarias.

Debe contrastar el monto de esta deuda con su capacidad esperada de pago, la cual es evidente que es una incógnita muy grande. Recomendamos preparar un flujo de gastos y costos en su mínima expresión, con una estimación conservadora de ingresos, la cual debe ser muy realista a la luz de las condiciones actuales de su negocio y el mercado, tanto como las expectativas de la economía de su entorno empresarial.

Con base en las proyecciones aproximadas que surgen de la parte inicial, lleve a cabo el cálculo de su efectiva capacidad de pagar el monto acumulado de la deuda. Acompáñese por expertos, puede que la realidad que usted percibe desde el interno del negocio no tenga las perspectivas apropiadas del entorno y el panorama en la línea temporal para medir capacidad de pago.

No se quede hasta el final para la solicitud de un eventual arreglo de pago. Una vez que tenga la base del monto del posible arreglo que tenga que solicitar, evite las colas del mes de octubre. Actúe con antelación y valore la capacidad real de rendir garantías suficientes, conforme a la normativa aplicable a los fraccionamientos que aplica a estas obligaciones.

Es fundamental que la Administración Tributaria por su parte, sin desapegarse de la norma, tenga inteligencia de lograr buenos acuerdos con los contribuyentes, en contraste con rechazos de arreglos que le dejan en una condición litigiosa contra el contribuyente. Esta condición resulta de forma frecuente la estocada final para obligar el cierre de las puertas de su negocio.

El Poder Ejecutivo, entendiendo que la Ley de Alivio Fiscal se estableció bajo circunstancias que esperaban contar con una solución y reactivación de la economía para este momento o finales de este mes, – premisa que es evidente no se cumplirá – debería, por certeza jurídica de los contribuyentes, anunciar a la brevedad si accederá o no a la facultad otorgada en la misma Ley en el artículo 5. Extender por un mes más la moratoria, es decir incluir el mes de julio. Si bien esto no es ni de lejos una medida de reactivación económica, sí una de alivio, o alargue de la agónica condición del flujo de caja de los contribuyentes.

A la vez, de forma adelantada y entendiendo que la condición de rentabilidad de los contribuyentes será mayoritariamente deficitaria de forma general, es apropiado eximir el pago del parcial de renta de setiembre, a fin de evitar una abrumadora carga de documentación de parte de los contribuyentes y las administraciones tributarias que se verán abrumadas de solicitudes evitables por disposición proactiva de iniciativa del Ejecutivo, que requiere promover norma legal, lo cual siendo que lleva tiempo, es oportuno lo haga a la brevedad.

A pesar de que todas están son medidas de protección del flujo de los contribuyentes, lo que es cierto, es que no podemos perder de vista la urgencia que a la vez tendrá el fisco, en procura de recursos después de estos tres meses de sequía que ha generado la aplicación de la Ley de Alivio a la caja del Estado.

Para muestra de esta sed de recursos, solo veamos la actual condición de más de 40.000 contribuyentes con procesos de sanción iniciadas a partir del incumplimiento de sus deberes de declaración de beneficiarios finales.

No deja de preocupar también, la necesidad de acudir a procurar fondos incrementales a los organismos financieros internacionales, con propósito de poder generar un efecto shock de recursos en la economía que, conducida de manera apropiada, permite a los agentes económicos que generan riqueza real llegar a activar la economía real, generando en primera instancia, riesgo de continuar con cierre de empresas y destrucción del empleo, tan fundamental para la reactivación económica. Aspecto que no podemos perder de vista, pues esta es una materia que hemos venido arrastrando como malos estudiantes.

Como país requerimos restructurar nuestras condiciones de infraestructura, por lo que es apropiado la consecución de fondos para este fin. Sin embargo, todo esto contrasta con la carrera cada vez más agobiante contra el tiempo, el largo plazo se debe seguir añorando y construyendo, pero con la claridad absoluta de que éste solo llegará si propiciamos los puentes financieros necesarios para lograr que los actores de la economía lleguemos a aquel añorado largo plazo.

La pérdida de clasificación país por la indisciplina fiscal sostenida generó un obstáculo más en la condición de efectiva accesibilidad a estos indispensables recursos frescos. Una condición que requiere salirnos del esquema tradicional del manejo de las variables macroeconómicas y entrar en medios de orden creativo – tales como la venta urgente de instituciones que pueden ser aún atractivas para el sector privado, que hoy son de propiedad pública – ante una realidad cuyos antecedentes no cuentan con registro en la historia moderna. La Gran Depresión de los años 30 del siglo anterior, que se ha usado como contraste a la actual, se queda corta en forma especial, por las diferencias que conlleva la realidad de una economía más interrelacionada y global, donde iremos según las teorías del movimiento a la velocidad del más lento.

Esperamos que, así como nos es de evidente en materia de salud, que nuestro problema no solo es resultado de la gestión que todos hacemos en materia preventiva para controlar la pandemia, si no de lo que hagan o están dejando de hacer países vecinos, también tengamos igual claridad del entorno que nos rodea en lo económico y su efectiva incidencia en la generación de condiciones para la reactivación de lo que nos da de comer cada día.

Así como hemos hecho del slogan de salud, que saldremos solo juntos, también entendamos que igual lema aplica a lo económico. Debemos advertir la necesidad de la calidad de compañeros de camino, que requerimos para superar esta prueba de resistencia que, de golpe, se nos presenta y durará mucho más que la pandemia sanitaria.

Publicado por periódico La República, Martes 09 de junio 2020

 

Crisis

Hemos iniciado un tortuoso camino de crisis económica, que ha sido disparada en especial por la falta de definición oportuna de las políticas fiscales que garanticen a los inversionistas los términos y condiciones de orden razonablemente predecibles que permitan definir el nivel de riesgo que se quiere tomar o como está ocurriendo, que no se puede asumir debido a la falta de elementos básicos a la decisión de orden racional de consumidores e inversionistas.

Una economía en estas condiciones espera con angustia de reloj segundero, el momento que acaba en su plazo máximo el próximo 26 de los corrientes relativo a la votación de la Sala Constitucional respecto del futuro legal del proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Hoy enfrentamos ya la crisis, la pregunta subyacente es ¿de qué magnitud, duración y profundidad será el calado de la crisis en la que ya estamos inmersos y en la que apenas estamos en sus etapas más iniciales? La respuesta dependerá claramente de los resultados del voto de la Sala Constitucional. Pero debemos tener claridad, la crisis no es evitable, solo se lograría dimensionar en medidas más razonables, si el voto es favorable a continuar con el segundo debate del proyecto, que si no lo permite de manera absoluta la Sala en su ansiada sentencia.

Primer escenario, optimista, hay luz verde de parte de la Sala para continuar la discusión en segundo debate de dicho proyecto, en razón de la espera que ha tenido este remedio el mismo será no solo insuficiente, por los motivos que en otras ocasiones hemos mencionado, como tardío por ende inoportuno, habiendo en consecuencia de las diversas formas de procrastinarían social a la remediación, simplemente, habrá que entrar en la aplicación de un derecho tributario, cuyos atributos de virtud se ven de por sí menoscabados, dadas las condiciones que tenemos hoy en el país. Se logrará aumentar la recaudación, pero muchísimo menos de lo esperado, por la alta dependencia de los resultados recaudatorios, en particular resultantes del consumo de bienes y servicios, que ante la posible entrada en vigor de la imposición sobre el valor agregado podría generarse.

A la vez, como consecuencia de la contracción económica que ya enfrentamos, las empresas verán mermadas sus utilidades, por lo que por más que se amplíen los elementos y capacidades contributivas nuevas, las mismas se asomaran tímidamente, pues en recesión, lo difícil es sobrevivir y tanto mas ser rentables, aspecto sobre el que se fundamenta la imposición directa como lo es el caso del impuesto sobre la renta en las diversas cédulas, aspecto que dependerá de la reactivación de la economía, centrando casi en la imposición incremental sobre el trabajo personal dependiente, que de manera inmediata afectara el ingreso disponible que solo empeora el ciclo del consumo, que de nuevo entra a profundizar la crisis de la economía real.

Ahora bien, digo escenario optimista aparte de lo expresado, porque en caso de aprobar el proyecto tendremos un crecimiento moderado en las tasas de interés, resultante de una mejor posible calificación de los organismos internacionales y la posibilidad de lograr que los organismos financieros internacionales nos faciliten los recursos que se requieren para la reestructuración del plazo y composición de la deuda interna y externa del país. Bajo estos supuestos la crisis será corta, entre tres y cinco años, la pasaremos mal, pero ordenadamente desde la óptica de la esperanza de recuperación, que al menos detendrá la caída libre en que se encuentran las confianzas tanto de consumidores como inversionistas. Veremos empresas cerrar, las reglas de consumo seguirán contrayéndose, pero al ordenar en el mediano plazo las finanzas públicas hay que trabajar fuerte y al final de la presente Administración o mediados de la próxima, estaremos a flote de nuevo retomando un posible crecimiento discreto debido a la circunstancia de la economía global, que viene en recalentamiento y tendrá incidencia en las facilidades de que Costa Rica se vea más rápidamente fuera del abismo, inevitable en una economía globalizada.

En caso que no se dé la reforma fiscal, los vientos serán muy otros, los factores macroeconómicos serán erráticos, se tendrán alzas más allá de las vistas en más de una generación completa, inclusive las condiciones de la peor crisis de la que tenemos memoria, la de los años 1980 a 1983, se considerarían como más favorables que las que nos rodean hoy, vemos bajo estas circunstancias, peligrosos signos de una crisis prolongada, con un agravamiento en los niveles de desempleo, pobreza y seguridad, triángulo social. Asimismo, tasas de interés, de dos dígitos medios, tipos de cambio de cuatro dígitos y aumentos escandalosos en la morosidad e incumplimiento de obligaciones financieras, dejando en manos del sector financiero, activos que serán como un cementerio de garantías en el triángulo económico, donde se puede ver que la crisis puede durar entre seis y diez años, si hacemos las cosas razonablemente bien con los sobrevivientes del sistema económico, cumpliéndose el ciclo bíblico de los años de vacas flacas. Para quien no crea, que lea qué pasó a países como España, Portugal, Grecia, Chipre e Italia, para usar ejemplos recientes.

¿Qué puedo hacer como persona, como empresa y como empresario? Actuar, planear y ejecutar acciones en un plazo inmediato, ya que tanto uno como otro de los escenarios, son verdaderamente complejos y la crisis ya está aquí para quedarse por un plazo ya medio o largo dependiendo de la suerte de la reforma fiscal. Es entendible ninguno de nosotros: individuos, empresas o empresarios, puede por sí mismo hacer otra cosa que no sea lo dicho, ya que el peso de la crisis no es manejable por actores económicos individuales, no se quede de último, hay que tener el plan de evacuación hecho, evitar desesperar, actuar en consecuencia de lo planeado, ser profesionalmente asesorado en ambos posibles escenarios, para poder aumentar la posibilidad de supervivencia.

Estamos juntos en el mismo barco, vamos camino al témpano, solo falta definir si será grande o de enormes proporciones.

 

Carlos Camacho Córdoba
Socio Director
[email protected]

 

Silencio incómodo

Como sociedad estamos ante un momento de silencio incómodo, hemos perdido el norte de la ruta país, los parámetros de la economía son alarmantes en principio, pero, nadie se atreve a vaticinar cuál es el resultado del destape de la voz de la Sala Constitucional.

Como quien está en espera en una sala de emergencias, con esperanza, pero con temor, sentimientos encontrados de esperanza y miedo, si nuestro paciente, Costa Rica, entra a ser rescatado, ¿o alguien deberá hacerlo por nosotros? Si vamos a continuar como un país de alguna autonomía de gestión, o si, por el contrario, deberemos implorar la gestión de los organismos financieros internacionales, como en el caso de una empresa que está a punto de saber sus resultados, sus síntomas son malos y se espera lo peor, aunque se añora lo mejor.

Es como encontrarse en una morgue para el reconocimiento de un cuerpo, con un amigo o familiar desaparecido, la esperanza de que sea se convierte en la añoranza de que no lo sea, que quien está en la fría paleta de la gaveta de reconocimientos, se parezca, pero no sea el nuestro. Guardamos una esperanza ahogada en que, de no ser el cadáver, el amigo o pariente aun pueda aparecer con vida, pero una cosa no es garantía de la otra, bajar un sudor frío cuando oímos la apertura de la gaveta, sostenemos la respiración, no sabemos, qué va pasar, tal vez sí, pero no queremos que sea esa la resultante.

Hoy estamos en un incómodo silencio expectante, no hay plan b, no hay buenos síntomas, la paciente de la sala de emergencias solo causa llamadas cada vez más apresuradas de todas partes, en relación con buscar más especialistas, aún no ha muerto lo sabemos, pero los médicos pasan esquivos a nuestro lado, nadie nos mira de frente, sus facciones son ilegibles, pero es evidente que las nuestras son cada vez más angustiadas, no queremos que salgan médicos a hablarnos, queremos que salga aquel ser amado por esa puerta para abrazarle como si viniera de ultratumba.

Mientras tanto, la vida continúa, aunque los mensajes de texto, las llamadas son cada vez más insistentes, ¿qué esperamos? No lo sabemos, esperamos lo mejor, pero tenemos traumas, las dos últimas veces que estuvimos en condiciones iguales, nuestro ser querido, no salió, tuvimos que sacarle, por otra puerta, fue un médico indolente quien anteriormente habíamos visto y parecía ser el ave de mal agüero que siempre da las malas noticias, pues estaba en las dos veces anteriores y salió y dijo el país, no recibirá una reforma fiscal, en pro del derecho, masacraremos los derechos.

Han llamado presurosos a más médicos, vemos entrar al médico apático y hasta antipático, otra vez entra a la sala el ave de mal agüero, rezamos sin recordar ni la oración, estamos perturbados, quedamos a la espera….

 

Carlos Camacho Córdoba
Socio Director
[email protected]

Actualidad de los Precios de Transferencia en Costa Rica

 

 

 

Situación Actual

La obligación tributaria de los precios de transferencia en Costa Rica se encuentra vigente y es de obligación para todo contribuyente que tenga transacciones con partes relacionadas, sean estas locales o internacionales.

 

A diferencia de otros países, en Costa Rica no hay un mínimo exento, y se deben considerar todas las transacciones efectuadas, tanto las que se reflejen en resultados, como aquellas que afecten únicamente cuentas de balance o no se reflejen a nivel contable -transacciones sin contraprestación-.

 

¿Desde cuándo entra en vigencia?

La vigencia de esta obligación es desde el periodo 2013, aunque dado el plazo en el cuál entra en vigor la declaración informativa -la cuál es obligatoria para Grandes Contribuyentes, GETES[1] y empresas de zonas francas-, los contribuyentes en general han optado por iniciar su documentación de precios de transferencia a partir del periodo fiscal 2015.

  • Actualmente, la obligación de presentar la declaración informativa se encuentra suspendida, dado que la Administración Tributaria aún no ha definido la plataforma tecnológica para presentarla. Es importante considerar que la Administración ha sido clara en que requerirá la declaración desde el periodo 2015 y siguientes.

 

Costa Rica y su compromiso con la OCDE

Vale recalcar que el país se ha alineado de lleno con las disposiciones de la acción 13 de BEPS de la OCDE[2], adoptando el enfoque de tres pilares de información soporte, siendo estos el informe local (Estudio de Precios de Transferencia), la información corporativa (Master File) y el reporte país por país (CbC).

 

La documentación

El detalle de que debe contener cada uno de estos documentos se establece en las Resoluciones DGT-R-16-2017 y DGT-R-001-2018. La información que se debe presentar va desde una descripción de la operación local hasta la información financiera consolidada del grupo económico.

  • Si no conoce el entregable de estos documentos, con gusto podemos reunirnos y repasar en detalle en qué consisten y cuál es la información que los componen

 

Ahora bien, los contribuyentes deben considerar que la obligación de precios de transferencia va más allá de presentar la documentación soporte y/o la declaración cuándo sea requerida por la Administración Tributaria.

¿Cuál es la verdadera obligación del contribuyente?

La documentación no es más que la prueba que prepara el contribuyente para demostrar que sus transacciones cumplen con el principio de plena competencia. Por ende, la verdadera obligación, vigente actualmente, es que las transacciones que se realicen entre partes relacionadas cumplan con este principio.

 

No obstante, las empresas han invertido el orden de la obligación. Primero realizan sus operaciones con relacionados y luego procuran documentarlas, sin haber considerado a priori las condiciones de libre competencia.  El contribuyente debe conocer de previo cuáles son los términos y condiciones que le permitan, una vez cerrado el periodo fiscal, cumplir con este principio.

 

En este contexto, invitamos a nuestros lectores a que implementen acciones para que, en lugar de únicamente documentar sus precios de transferencia, inicien a gestionarlos.

 

 

[1] Grandes Empresas Territoriales

[2] Esta acción reexamina la documentación sobre precios de transferencia

¿Cómo lo queremos arreglar?

Por: Carlos Camacho / Socio Director de Grupo Camacho Internacional

Los problemas económicos, como el resto de las situaciones de la vida no se componen ignorándolos, ni actuando como avestruces, no viéndolos con propósito de que al no verles estos se olviden de sus protagonistas, en este caso nosotros como miembros de la sociedad costarricense.

Hay solo dos grandes caminos para resolver lo que hoy es un asunto de alto añejamiento que requiere una respuesta, estos son el camino de la composición heterogénea, resultante de una serie de acciones y decisiones, especialmente centradas en el consenso ideal del sector privado —representado por portavoces autorizados, por ejemplo, las Cámaras— así como el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. En este mecanismo tripartito debemos entender todos que hay que evitar en el camino los intereses mezquinos y las visiones de miope cortoplacismo, hay que tomar medidas para que la sociedad en su conjunto pueda lograr un equilibrio en lo económico, que pueda generar en consecuencia, mejoras en lo social, especialmente en la sustentabilidad de un modelo de Estado que sea conteste a las actuales necesidades de la sociedad, en la promoción de la inversión, la creación de empleo digno y de gran valor agregado, la gestión del ambiente legal para que desaparezca la impunidad como el medio de retribución a los honrados, que sienten como cargas el mero cumplimiento de los deberes que les ponen en desventaja relativa de otros que simplemente no cumplen sin consecuencia alguna.

El problema económico nacional debe resultar enfrentado con medidas de choque para eliminar el embate de la reducción de la inversión, de la desaceleración de la economía, de la crecida actual y secundaria en tasas de interés, así como en un ajuste de tipo de cambios de efectos sectoriales diversos, con más perdedores que ganadores en los sectores productivos, siendo esto solo evitable si el acuerdo de corto plazo genera: nueva inversión, para lo que se requieren medidas de certidumbre legal y económica que permitan a los tomadores de decisiones invertir con conocimiento de los términos y reglas del juego de manera transparente y anticipable; nuevas y mejor remuneradas fuentes de empleo, diversidad en la obra pública en manos privadas, esto genera mayor y mejor empleo para resolver los problemas estructurales de competitividad que tenemos por el círculo vicioso de la falta de recursos para lograr la infraestructura requerida. A la vez debemos entrar en un proceso en el que se ponga freno a la abrumadora condición de las finanzas públicas, las que requieren una reforma fiscal estructural tanto en los impuestos, el gasto como la eficacia de la Administración de los intereses del Estado. Debemos acabar con la demagogia de la visión unilateral de que no paguemos más impuestos porque se los van a robar de todas formas, complementando la ruptura de esta tesis peregrina con medidas de transparencia que vayan desde las de gobiernos corporativos empresariales de libro blanco, en un gran pacto nacional de transparencia y de compromiso de probidad, donde todos los agentes económicos públicos y privados lleguemos a comprometernos con erradicar toda práctica que pueda estar sesgando de manera inapropiada la adecuada condición de cancha nivelada en materia de la competencia y la competitividad. Requerimos definir el tamaño y las funciones del Estado, que adecuado a los elementos básicos de la función social, resguardando la calidad de los servicios de interés público, como lo son la educación, la seguridad ciudadana, la salud y los intereses vitales del crecimiento de la condición de una sociedad equilibrada en acceso, pero no sesgada mediante concesiones odiosas, pueda llegar a reducir el gasto público a los niveles de mínimo eficiente; aumentar las cargas que pesan sobre los consumos especialmente sobre los servicios, con la creación del IVA universal, asimismo, que podamos tener un impuesto sobre renta más orientado a las personas a su rol en asumir los costos de las externalidades que correspondieron en el pasado al Estado, permitiendo deducciones por gastos médicos, aquellos gastos asociados a la tenencia de un techo digno, propio o alquilado permitiendo deducciones por estos conceptos en limitación al rubro de primera vivienda, deducciones por concepto de pagos asociados a la educación de miembros de los núcleos familiares de una manera irrestricta. Es decir, un país que promueva la pesca, pero deje de dar pescados que cuando llegan a la mesa de su destinatario no solo están podridos, sino que ya el beneficiario, probablemente no esté para comérselos.

Debemos volver los ojos al mercado interior, hay oportunidades de crecimiento en la economía local que son más abundantes y alcanzables que las escasas y amenazadas condiciones de recepción de inversión del extranjero, en especial dada la reforma fiscal de Estados Unidos de América y la creciente condición de disparidad en los mercados regionales.

Debemos decidir entre hacerlo nosotros mediante acuerdos coherentes y oportunos o dejarlos a la fascinante pero inmisericorde mano del mercado.

Cortesía de La República