Nueva tributación internacional

Tributación Internacional

 

 

Los resultados de los encuentros de los ministros de finanzas del G-7, en preparación a la reunión de los líderes del poder ejecutivo de estas naciones, llegan a consumar un cambio radical en la tributación de las empresas multinacionales en las jurisdicciones en las que estas operan o cuentan con mercado, con independencia desde dónde se esté generando la actividad fáctica empresarial.

Este nuevo concepto puede verse como algo que solo afecta a quienes tienen la condición de empresa multinacional… pero definitivamente, esto, sería tener una visión corta de las consecuencias de la revolución tributaria que estamos presenciando.

Así como después de las grandes guerras del siglo XX hubo que crear mecanismos de cohesión de fondos, riqueza y reconstrucción; la gran batalla del mundo entero, con millones de víctimas resultado de la pandemia, ha dado paso a la añorada, por algunos sectores, tributación mínima de las empresas con presencia multinacional.

Esta tributación mínima tiene que ver directamente con dos elementos que se han aclarado en las semanas que antecedieron la cumbre reciente: Si dicha tributación será solamente a las empresas con aprovechamiento de la economía digital o se extiende a las empresas que tengan operaciones de un cierto volumen global de ingresos, aunque estas transen en forma tradicional y no exclusivamente en el ámbito de la economía digital.

El golpe de timón lo dio la Administración Biden, que representó un cambio en la visión histórica sobre el tema por parte de Estados Unidos respecto de sus pares europeos; yendo inclusive más allá en materia de la propuesta tarifaria. La media propuesta por los miembros de la Unión Europea es del 15% mientras que la propuesta de los Estados Unidos es del 21%.

Esto llevo a un acuerdo, en principio, que ubica la tributación de las empresas multinacionales en el orden del 15% de tarifa efectiva, aspecto que implica el valor de la totalidad de la contribución real en forma de impuestos sobre las rentas generadas en el mundo, respecto de dichas ganancias, despejando la incógnita que planteábamos en nuestro artículo de hace unas semanas que, refiriéndose a este tema, dejaba la duda sembrada.

Una pregunta instrumental y razonable es ¿en qué nos afecta esta decisión a usted y a mi que no somos empresas multinacionales?

La respuesta es diversa, pero en primera instancia estamos ante la necesidad de ser vigilantes de la traslación económica de este efecto tributario. Si bien la doctrina y los textos indican que esta tipología de impuestos directos no se traslada al consumidor final; la lectura y comprensión debe hacerse con cautela, ya que, si bien lo es formalmente así, no necesariamente resulta cierto en términos económicos.

El motivo es simple.

El impuesto directo, desde la óptica económica, se comporta como un costo más, por lo que es probable que ante en un incremento del costo de hacer negocios de las empresas multinacionales – con la pretensión, de estas, de afectar de la menor manera a sus accionistas – lo que se dé sea una traslación por medio del precio de bienes y servicios en la economía gestionada por este tipo de empresa. Si bien son menos del 20% de las empresas del mundo, manejan más del 80% del tráfico mercantil de los bienes y servicios.

Este revolucionario cambio en la fiscalidad internacional no implica la obligación de cambios legislativos internos. ¡Pero debemos estar atentos! No sea que, por falta de atención y de oportunidad en la letra menuda de esta compleja normativa, de pronto, mediante exenciones a empresas que sean sujetas a este impuesto mínimo, estemos regalando lo que tanto nos hace falta desde la óptica de nuestras finanzas públicas.

La recaudación de quienes hoy gozan incentivos de exención que pueden convertirse en perversas donaciones de nuestro país a los países del origen de capital de estas multinacionales que se sujetaran a la mínima tributación efectiva que se esta caldeando en estos momentos.

Esta medida inició como resultado de años de negociaciones sobre la única de las acciones BEPS que se encontraba inconclusa, la acción 1, que habla precisamente respecto del tratamiento de la tributación de la economía digital.

Sin embargo, el acuerdo va mas allá de las grandes empresas digitales, como se puede derivar de la emotiva expresión del ministro de Finanzas francés: “¡Lo conseguimos!”, ha afirmado el ministro de Finanzas francés, Bruno Le Maire: “Después de 4 años de lucha, se ha alcanzado un acuerdo histórico con los Estados miembros del G7 sobre impuestos mínimos a las empresas y gigantes digitales. ¡Francia puede estar orgullosa!”, expresiones análogas fueron emitidas por cada miembro del G-7.

Queda ahora la tarea de afinar el lápiz de los detalles, donde, como miembros plenos de la OCDE nos corresponde como país, tener una posición beligerante, obviando el asentimiento por quedar bien, pues este es un momento para aportar a la distinción que debe hacerse entre países que, como Costa Rica, así como otros pares de la OCDE, de menor desarrollo relativo, no deben ser simples votos de buen comportamiento y complacencia, sino de mejor conveniencia para nuestra realidad.

El gravar a las empresas multinacionales, con independencia de cuanto hagan en la gestión de sus bases imponibles, se ha visto como la medida que falta para que los beneficios de paraísos fiscales sean irrelevantes, a través de una contribución mínima que incluya a empresas digitales y otras de gran tamaño a nivel global. Así lo indica el ministro de Finanzas de Inglaterra, aclarando: “Las firmas mundiales más grandes, con márgenes de beneficio de al menos el 10%, estarán dentro del alcance de la medida, con el 20% de beneficio por encima del margen del 10% sujeto a impuestos en los países donde tengan ventas”.

La medida pretende la muerte de estos paraísos fiscales por inanición, cosa que está por verse.

Sabemos que, desde el 2010, los ingleses particularmente han proclamado muchas veces la muerte de los paraísos fiscales, de los que son promotores y protectores. Una contradicción que deja una estela de doble moral en medio de sus peripecias para sobrevivir a sus históricas acciones de Brexit y pretender atraer las bases imponibles hacia el Reino Unido; viendo inclusive en sus colegas de la Unión Europea enemigos de sus bases fiscales cuando se refieren a los actos de los holandeses, luxemburgueses y los propios de algunos estados de la Unión Americana.

El reparto de lo recaudado es un tema nada menor, tendrá que ver con la propuesta que estuvo en la mesa por años en discusión en materia de economía digital. Versa sobre la presencia económica significativa, medida en función de dónde se localizan los consumidores, usuarios o compradores de los bienes o servicios, en la versión de la iniciativa que era tocante a la economía digital y ampliada a las grandes multinacionales.

Una norma complementaria a esta debe ser la de la participación en la generación de valor en la cadena económica. Un aspecto que también abordaron los expertos de la OCDE en las BEPS 8, 9 y 10 que, hoy más que nunca, requiere de una acción concreta de parte de nuestra Administración Tributaria en relación con las declaraciones de precios de transferencia. Un tema procrastinado, perdiendo visibilidad de cómo ir a negociar en el seno de la OCDE en pro de la cadena de valor, especialmente cuando se refiere a la repartición de este impuesto que se espera entre en vigor próximamente.

¡Es un momento histórico sin duda! Una decisión que trae “viento de cola” al que debemos estar atentos. Habrá que generar incentivos nuevos para poder atraer inversión extranjera a nuestro país y región, sin estar poniendo los impuestos que no recaudamos en manos de los fiscos de las economías más poderosas del orbe.

Habrá que revisar, pero de momento, es temprano para hablar del desmantelamiento de regímenes como el de zona franca, al que habrá que cuidar y mantener en condiciones de competencia y competitividad, para que en el ámbito regional no haya países vecinos que puedan aprovecharse de nuestra eventual imprudencia.

A las puertas de una reforma fiscal considero que aún hay materia por aclarar, como para dejar resuelto este año lo que deben afinar los orquestadores de esta revolución fiscal. Pero debemos estar atentos para seguir siendo un destino con motivo económico válido que no apalanque su atracción solamente en incentivos, sino en estructura legal e infraestructura y talento; ejes de competitividad que no podemos perder de vista como motores de gestión de la atracción de inversión.

Está clarísimo que lo que no hagamos por nosotros mismos, no lo vendrá a hacer para que nos compensen. Requerimos autoridades vigilantes, propositivas, activas en la arena de una organización que apenas nos recibe y tener un papel que haga valer la silla de la OCDE.

Por último, el impuesto global requerirá de medidas de derecho interno que sí urge adoptar en el derecho tributario costarricense, para la neutralidad del costo fiscal agregado; mediante el otorgamiento de créditos fiscales limitados al impuesto que la transacción habría pagado en nuestro país, para que el encarecimiento de las operaciones con sede de negocios en Costa Rica no sea más oneroso que el de los países que utilizan este mecanismo de neutralidad fiscal internacional.

Hacer política fiscal no es fácil. Es una tarea compleja que pasa por tener claro que los agentes económicos enfrentarán la normativa y pretenderán lograr la reducción de los efectos en los bolsillos de sus inversionistas. Esto requiere de constantes revisiones y la creación de normas anti-elusión que acompañen la estructura fiscal que se esta proponiendo para evitar efectos no deseados.

Publicado en La Republica el  martes 15 junio, 2021

¿Vamos hacia un impuesto mínimo mundial?

 

El estado de las economías mundiales hoy, con pandemia aún por resolver, es comparable con ver el estado de ellas en la mitad de la Segunda Guerra Mundial. Aún es incierto el momento en que la Covid-19 llegue a una condición de vencido, dando lugar a la nueva normalidad. Las perspectivas económicas son cada vez más inciertas.

Covid-19

Solamente es cierto que la pandemia ha drenado las finanzas de todos los países sobre la faz de la tierra. Tanto por la atención de los asuntos correctos, por los montos correctos, como por los motivos más retorcidos que han sido aprovechados por quienes, ostentando posiciones de poder, se han beneficiado de esta desgracia mundial para aumentar los orígenes de sus, ya de por sí, dudosas fuentes de riqueza.

Esta condición de incertidumbre lo único que nos ha dejado como elemento cierto es desolación, empobrecimiento – redistribución inequitativa de la riqueza, muerte y una gran tarea de reconstruir las bases del orden social y económico del mundo post pandemia.

Esto ha hecho revivir una vieja iniciativa: El crear un impuesto mínimo mundial.

La propuesta es originalmente europea, auspiciada por la OCDE pero quien le está poniendo el zapato en el acelerador es la nueva administración Biden en los Estado Unidos de América, para quien la creación de este tributo a las multinacionales no solo debe quedar resuelto y puesto en marcha antes del final de este año 2021, sino que además, excede en su propuesta tarifaria a sus colegas europeos y otros miembros de la OCDE.

Mientras que Europa y la OCDE han venido desde hace años hablando de este tema en rangos tarifarios que van del 13 al 18%, la administración Biden es más atrevida aun, proponiendo una tarifa equivalente al 21%. Esto no solo es un golpe en el timón, sino una redirección en la tendencia de competir por tarifas impositivas, más aún por exenciones.

La secretaria del tesoro de los Estados Unidos, Janet Yellen, en la reunión de primavera del G-20, se ha propuesto que, así como de la Segunda Guerra Mundial resultaron necesarios planes de reconstrucción de los pueblos, Estados, e instituciones, el actual combate a ultranza contra la enfermedad y sus repercusiones económicas, ha de generar nuevas entidades e institutos legales.

Por una parte, se propone la creación de un impuesto mínimo, así como instituciones que lo administren, lo fiscalicen y por supuesto – algo que aún está en el tintero – alguien que reparta. Un aspecto clave para que la realidad económica que se pretende palear, no se agrave con el remedio bueno para unos y nefasto para los menos favorecidos.

Por supuesto, un cambio tan dramático en la tributación de las empresas multinacionales no es ni mucho menos un terreno de serenidad, ni un asunto que encuentre consensos con facilidad. Hay detractores frontales, quienes están buscando la forma de darle vuelta a la posibilidad de que esta manera de tributación de las multinacionales llegue a ser una realidad.

Veamos en primera instancia el tema desde la perspectiva de quienes están de acuerdo con la creación de este impuesto mínimo para multinacionales. El punto en desacuerdo aún es la tarifa por aplicar. Una batalla que parece dura de resolver. Son muchos países los que están de acuerdo con el impuesto, pero se muestra reticentes a la tarifa propuesta por Estados Unidos. Par el director del Banco Mundial, David Malpass, también se trata de una propuesta demasiado alta. Toma sentido ante la lógica económica de que, ante altas tarifas impositivas habrá menos tributación. Tanto por menor rentabilidad efectiva como por una mayor propensión a la búsqueda de mecanismos elusivos.

Los países que se oponen de manera rotunda a la creación de este tributo mínimo piensan en las consecuencias que puede llegar a tener esta nueva forma de tributar en la atracción de inversión extranjera directa. Este es el caso especialmente de los países que somos destino de inversión, que podemos desmejorar en competitividad país; pues aun si se mantienen sistemas de incentivos tributarios, estos resultarían en la renuncia de la soberanía fiscal, en favor de terceros países – la sede de negocios de la multinacional concreta – aspecto que carecería de lógica económica ante las propias necesidades que aquejan a nuestras economías.

En la acera del frente tenemos a los defensores, encabezados por la secretaría de asuntos fiscales de la OCDE, que consideran que esta es la única manera de “nivelar la cancha” para que se erradique el arbitraje tarifario, o la competencia de atracción de inversiones mediante la generación de incentivos fiscales que hacen una sombra a la realidad de las eficiencias económicas de una economía en sí misma.

También tenemos que, dentro de la gran decisión que se debe tomar, los paraísos fiscales – los pocos que quedan, se verán claramente afectados con la posible imposición mínima global de las empresas multinacionales, siendo este un golpe casi mortal a estas jurisdicciones laxas.

Una clara definición de cómo se identifican las empresas multinacionales, en una economía cada vez más globalizada, está pendiente aún de precisar. Una preocupación necesaria para definir sobre quiénes, efectivamente, recaerá la tributación mínima; así como, quiénes pueden llegar a establecer estrategias de escisión de negocios que les permitan llegar a quedar no sujetos a dicha obligación, mediante la reducción artificial o artificiosa de las características de la empresa multinacional.

Tenemos a la vez por resolver la determinación de base imponible, en el caso de que se llegue a acordar una tarifa de equilibrio que sea de satisfacción para los países promotores, más allá del nivel de acuerdo de las empresas afectadas por esta nueva tributación. Para uniformar la base de cálculo país por país juegan un papel trascendental los tratamientos contables y en qué medida deben ceder las normas de derecho local a normas supranacionales, que distinga los aspectos a deducir de la tributación mínima global.

Debemos tener en consideración la necesaria eliminación de las transacciones vinculadas de la base imponible, para evitar una doble imposición económica en las transacciones intragrupo que enfrentan comúnmente las transnacionales.

De igual forma se hace complejo definir el concepto del mejor derecho de gravar en una empresa multinacional con funciones en diversas jurisdicciones, ya que, no solo deben resolverse los asuntos de eliminación de las transacciones que se encadenan, sino también, aquellas que correspondan al concepto de cadena de valor y apropiada atribución de sus valoraciones.

A fin de lograr que la distribución de la cuota tributaria de quienes la cobren sea el nuevo órgano global de gestión y fiscalización mundial, al tener que definir como se distribuirán los impuestos recaudados en función de las reglas de encadenamiento con su apropiada valoración conforme reglas de precios de transferencia.

La complejidad técnica del tema no debe hacernos apartar nuestro deber de vigilancia respecto del impacto de esta iniciativa. Si bien ataca los abusos de tarifas efectivas de impuestos a nivel consolidado de las empresas multinacionales casi risibles, debemos hacer conciencia que, si estas empresas desean mantener contentos a sus inversionistas, deberán e indudablemente harán, los ajustes necesarios en sus precios para mantener al menos, si no aumentar sus rentabilidades de las acciones después de impuesto. Crearán eventualmente presión sobre los precios, que socialmente resultarían en un despropósito. Si bien el sujeto obligado legal es la empresa multinacional, quien económicamente pagaría sería el consumidor final.

Esto resultará en una gran paradoja, ya que la motivación que sostienen quienes defienden la creación de este impuesto es, precisamente, que la devastación resultante de la COVID-19 es tal que se requiere de una reconstrucción del aparato productivo del mundo. Concordamos, esta consecuencia ha dejado a pobres más empobrecidos, inclusive debajo de la línea imaginaria de la miseria, pero, si el remedio de una tributación mínima resulta en una escalada en los precios para mitigar el incremento en la tributación de los proveedores de bienes y servicios multinacionales, simplemente el remedio termina teniendo efectos colaterales poco deseables.

La solución no parece apropiada cuando se plantea el reparto de la recaudación mediante las inyecciones de activación a las economías, pues seguiremos abriendo la brecha de los excluidos de la sociedad, sin que hayamos agregado un ápice a la solidaridad que no se logrará mediante el aumento en los denigrantes sistemas de subsidios. Esos que terminan en los bolsillos incorrectos y dan sustentabilidad al problema, más que a la solución social, que es de la que debe ocuparnos como humanidad a la más pronta acción.

Como país en camino a la membresía de OCDE tendremos la histórica responsabilidad de manifestarnos respecto de las consecuencias que pueden estar quedando desatendidas en una iniciativa que, si bien parecer resolver el problema de del déficit de los gobiernos, no es por sí mismo, un objetivo tener fiscos sin déficit y colas de hambre y miseria en la sociedad. El dilema no es sencillo de resolver, pero no por ello debemos aceptar que la medida se adopte sin claridad de cómo resolverá la endemia social que hoy vivimos.

Es claro que lo económico debe ser resuelto y con urgencia, pero hacerlo sin considerar la respuesta de a quién debe beneficiar este remedio económico, nos deja una importante estela de dudas que esperamos se aclaren de previo a un posible acuerdo de este novedoso sistema tributario, que esperan los optimistas se logre este mismo año.

Publicado en La Republica el martes 04 mayo, 2021

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