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5 Consejos estratégicos para el Cierre
5 Consejos estratégicos para el Cierre
Publicado: diciembre 20, 2022

Nuestra socia Lucía Vargas Solís, CPA y Máster en Asesoría Fiscal, nos comparte estos 5 consejos para el Cierre Fiscal 2022.

1. INTEGRACIÓN DE RENTAS

Por regla general, deberán tributar en el Impuesto Sobre Las Utilidades las rentas que provengan de actividades económicas realizadas con bienes afectos a dicha actividad, aunque estos bienes hayan generado rentas que usted declaró en el impuesto sobre las rentas del capital.

No todas las rentas obtenidas tributan en el Impuesto Sobre las Utilidades, y no todas las rentas que tributan en otros impuestos (capital inmobiliario, mobiliario, y ganancias y pérdidas de capital) tributan solamente en esos impuestos.

¿Ya revisó qué tipo de rentas obtuvo en el periodo fiscal 2022, y a qué impuestos están sujetas?

 

2. PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD EN COSTA RICA

La Sala Constitucional ha avalado el criterio de la Administración Tributaria en cuanto a la extensión del principio de territorialidad a un ámbito no solo geográfico sino de vinculación a la estructura económica costarricense.

¿Está seguro de que todos sus ingresos son gravables en Costa Rica? ¿O que los ingresos que usted considera no gravables no le implicarán, a futuro, un riesgo tributario incremental?

 

3. DEDUCIBILIDAD DE LOS GASTOS

No todos los gastos respaldados con comprobantes electrónicos y registrados en la contabilidad son deducibles en el cálculo del Impuesto Sobre Las Utilidades. Además, hay limitaciones en los montos de algunos gastos deducibles que debe tener en consideración.

Debe existir una estrecha asociación entre los gastos deducibles y los ingresos gravables.

¿Está seguro de que todos sus gastos cumplen con los requisitos para que puedan ser deducidos en el cálculo del Impuesto Sobre Las Utilidades?

GCI Infografía - 5 consejos estratégicos para el Cierre 2022

4. CONCILIACIÓN FISCAL

El resultado (ganancia o pérdida) contable no es el que debe declarar para hacer el pago del Impuesto Sobre Las Utilidades. Se debe realizar un proceso de ajustes de carácter tributario (restar ingresos no gravables, sumar gastos no deducibles, y restar gastos deducibles adicionales permitidos por ley), mediante una conciliación fiscal.

La conciliación fiscal parte del resultado contable y termina en el resultado fiscal, que es la base imponible correcta sobre la que se debe calcular y pagar el Impuesto Sobre Las Utilidades.

¿Ya realizó su conciliación fiscal?

 

5. SIEMPRE HAY OPORTUNIDADES

La ley del Impuesto Sobre La Renta otorga ciertos beneficios fiscales que usted puede aprovechar para minimizar el Impuesto Sobre Las Utilidades a pagar, siempre en el marco de cumplimiento de la norma. No siempre son los mismos beneficios para todos los contribuyentes.

¿Ya le dijeron cuáles son los beneficios que usted o su empresa pueden aprovechar?

Grupo Camacho Internacional tiene el conocimiento, experiencia y equipo necesario para ser su aliado estratégico en el cumplimiento tributario.

Escríbanos al correo: [email protected]

Lucía Vargas

Socia

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