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Una fiscalización tributaria, preocúpese, pero no la tome como el fin del mundo
La reacción inmediata es estrés, en el mejor de los casos un “manos a las obras” en el peor una sensación de pánico, impotencia y estar a merced de la Administración Tributaria. “La norma indica que el objetivo de una fiscalización tributaria es asegurar el cumplimiento del contribuyente en apego con el derecho, del impuesto que se revisa. Es decir, el proceso debería identificar y establecer acciones incluso, si se concluye que un contribuyente ha pagado de más. En la práctica, eso no sucede. Lo que uno encuentra es fiscalización que tienen como único objetivo aumentar la cuota tributaria” explica nuestro socio director, Carlos Camacho Córdoba. Camacho Córdoba lleva más de 40 años acompañando a clientes de todo tamaño y tipo de industria en sus procesos de fiscalización tributaria. Durante este tiempo ha visto literalmente de todo. Desde procesos expeditos hasta procesiones que superan los 4 años de revisión, con cambios múltiples del equipo auditor de hacienda y evolución del caso a través de todas las etapas administrativas y judiciales. Su pericia y la del equipo de Grupo Camacho Internacional durante los últimos 35 años da como resultado un marcador positivo. Si se...
Una fiscalización tributaria, preocúpese, pero no la tome como el fin del mundo
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Sociedades Inactivas deben presentar declaración el 30 de abril
De no hacerlo se exponen a una multa de ¢1 380 000.Las sociedades...
Sociedades Inactivas deben presentar obligaciones antes del 30 de abril
Una sociedad inactiva es aquella que no lucra, que no cuenta con ingresos...
Columna de prensa
Sociedades Inactivas: una obligación minimizada pero que oculta una gran relevancia tributaria
Una sociedad inactiva es aquella que no lucra, que no cuenta con ingresos...
El país rico de la gente pobre: Se nos sale de las manos…
Costa Rica está experimentando una serie de contradicciones en signos...
Temporada de Estudios Económicos de Empresas: ¡Cuidado con lo que entrega!
La Dirección General de Hacienda realiza Estudios Económicos a Empresas...
Sociedades Inactivas: una obligación minimizada pero que oculta una gran relevancia tributaria
Una sociedad inactiva es aquella que no lucra, que no cuenta con ingresos ni gastos y que, únicamente tiene a su nombre bienes muebles o inmuebles. Muchas personas utilizan estas figuras para tener bienes familiares como terrenos, fincas, vehículos o viviendas; muchos de ellos de alta cuantía. Una sociedad inactiva no posee actividades económicas durante un período de tiempo, por lo que no genera ingresos ni realiza operaciones comerciales. Aún así, no ha sido liquidada y por ello debe cumplir con algunos requisitos que solicita la Administración Tributaria. El que la entidad no haya sido liquidada es un asunto a tener en consideración, sobretodo porque con la adición del transitorio VII a la Resolución MH-DGT-RES-0007-2023 muchos dueños de entidades “disueltas” pero no liquidadas, se han visto sorprendidos. Gracias a la Resolución, sus entidades han sido inscritas de oficio y deben presentar el formulario D-195. Así es, es distinto tener una entidad disuelta a haber liquidado la sociedad. El propietario de una entidad inactiva debe entender que, aunque no hace negocios con ella, esa sociedad debe contar con una contabilidad adecuada, tener coherencia sobre el origen de los...
Sección informativa, proyectos y resoluciones
Materia registral (Proyectos en consulta pública)
- Reforma al Reglamento a la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto Ejecutivo No. 24611 (sometido a consulta pública del 25/01/2024 hasta el 07/02/2024).
- Reforma al Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional (sometido a consulta pública del 26/01/2024 hasta el 08/02/2024).
- Reglamento operativo del Registro de Propiedad Intelectual (sometido a consulta pública del 25/01/2024 hasta el 07/02/2024).
- Reglamento del Registro de Bienes Inmuebles (sometido a consulta pública del 29/01/2024 hasta el 09/02/2024).
Materia tributaria (Proyectos en consulta pública)
- Proyecto de Decreto Ejecutivo: modificaciones al Reglamento de Procedimiento Tributario, Decreto Ejecutivo No. 38277-H (sometido a consulta pública de 24/01/2024 hasta el 07/02/2024).
- Proyecto de Resolución: Procedimiento Tributario para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias en relación con espectáculos públicos realizados por artistas extranjeros en Costa Rica (sometido a consulta pública hasta el 02/01/2024).
- Resolución: MH-DGH-RES-0001-2024 Actualización de los montos del impuesto específico por cada mililitro de alcohol absoluto.
- Resolución: MH-DGH-RES-0002-2024 Bienes no afectos al Impuesto sobre Bienes Inmuebles para el periodo 2024.
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